SNIS – Afiliación Mutual – Movilidad durante febrero de 2012
A partir del 1º de febrero y hasta el 28 de febrero próximo, de acuerdo al Decreto 003/011 de 05/01/11 los usuarios amparados al Seguro Nacional de Salud que al 31 de enero de 2012 tengan tres o más años de antigüedad de afiliación a un mismo prestador podrán trasladar su registro a otro prestador. Ampliar >>
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO – Nuevo valor del boleto a partir del 1º/02/2012
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO – Libretas de conducir – Prórroga
BPC – Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1º de enero de 2012
Mediante Decreto de 25/01/12, se fijó en $ 2.417,00 a partir del 1º de enero de 2012 el monto de la Base de Prestaciones y Contribuciones Ampliar >>
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO – Transporte escolar – Inspección vehicular
El próximo 6 de febrero la Intendencia de Montevideo comenzará la inspección de vehículos destinados a transporte de escolares. Este año el control se realizará de acuerdo a un calendario basado en los números de matrícula. Ampliar >>
GRUPO 21-00 – Servicio Doméstico – Ajuste salarial al 01/01/012 y prima por antiguedad
De acuerdo al Convenio vigente, en el Grupo 21 – Servicio Doméstico, se fijó mediante ACTA, el incremento salarial a partir del 1º de enero de de 2012. El salario mínimo del sector para el período 01/01/12 – 30/06/12 se fijó en $7.976.- por 44 horas semanales y 25 jornales al mes. El valor hora es de $ 42.- Se establece además la escala de aporte para la prima por antiguedad. Ver comunicado de BPS.
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Descansos en establecimientos gastronómicos
El pasado lunes 9 de enero se publicó en el Diario Oficial la Ley 18.856 de 16/12/11 que regula el descanso en los establecimientos gastronómicos. Ampliar >>
BPS – Subsidio por Enfermedad – Modificación del tope
A partir del 1º de enero de 2012, el monto máximo del Subsidio por Enfermedad es el equivalente a 5 BPC. Ampliar >>
Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales – Ley 18.876
Se promulgó la Ley 18.876 de 29 de diciembre de 2011 que crea un impuesto de carácter anual denominado Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales (ICIR), que recaerá sobre los inmuebles rurales que, en su conjunto, excedan por titular las 2.000 hectáreas índice CONEAT 100 o equivalentes. Ampliar >>



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