Contenido Sanciones Disciplinarias – Potestades Del Empleador

14 de diciembre de 2010 | 1:09 pm

Autor: Gabriel Salsamendi

 

I) Reglas para la aplicación de sanciones
I.1) Respeto a la dignidad del trabajador
I.2) Existencia de una falta laboral
I.3) Proporcionalidad
I.4) Gradualidad
I.5) Inmediatez
I.5.1) Tiempo transcurrido entre la falta y la sanción
I.5.2) Tiempo transcurrido entre el conocimiento de la falta y la sanción
I.6) Razonabilidad
I.7) Non bis in idem
I.7.1) Nadie puede ser sancionado dos veces por la misma falta
I.7.2) Un caso especial: la acumulación de suspensión con posterior despido por notoria mala conducta
I.7.3) Suspensión preventiva
I.8) Igualdad. No discriminación
I.9) Notificación por escrito
I.10) Derecho de Defensa

 

II) Uso de la tecnología en la empresa 

            II.1) Correo electrónico
II.1.A) Del uso de herramientas de trabajo para fines personales
II.1.B) De la utilización de casilla de correo corporativo y personal
II.1.C) Sobre la necesidad o no de advertir al trabajador de la prohibición del uso de los bienes de la empresa con fines particulares
II.1.D) De la posibilidad de acceso del empleador a los correos electrónicos del trabajador
II.2) En conclusión
II.3) Regulación Interna del uso de tecnologías en la empresa
II.8) Del control mediante la utilización de cámaras filmadoras con o sin grabación de sonido
II.8.A) ¿En qué casos se pueden instalar cámaras?
II.8.B) ¿Dónde se pueden instalar?
II.8.C) ¿Se debe alertar a los trabajadores sobre la existencia de cámaras?
II.8.D) ¿Qué utilidad se puede dar a lo grabado y quién es responsable de ello?


III) Tipos de sanciones
III.1) Apercibimiento verbal o escrito
III.2) Amonestación
III.3) Suspensión en el empleo
III.4) Despido por notoria mala conducta
III.5) Un caso especial. Prohibición de realizar tareas de la misma índole en el futuro


IV) Sanciones no permitidas
IV.1) Descuento o retención de salario como sanción
IV.2) Suspensión preventiva sin goce de sueldo
IV.3) Modificación de las condiciones de trabajo como sanción



V) Comunicación de la sanción

V.1) Por Nota
V.2) Por Telegrama colacionado con copia y constancia de recibo
V.3) Por Correo electrónico corporativo
V.4) Escribano Público



VI) Derecho de Defensa 

VII) Prueba
VII.1) Medios de prueba
VII.2) Legajo del trabajador
VII.3) Testigos empleados de la empresa demandada
VII.4) Cantidad de testigos
VII.5) Confesión extrajudicial contenida en parte policial
VII.6) Otros medios de prueba



VIII) Despido por Notoria Mala Conducta
VIII.1) Concepto
VIII.2) Por sucesión de faltas
VIII.3) Por sucesión de hechos
VIII.3.A) Sucesión de hechos
VIII.3.B) Tipo de faltas
VIII.3.C) Escalonamiento y progresividad de sanciones
VIII.3.D) Documentación de las faltas
VIII.4) Notoria Mala Conducta por Acoso Sexual
VIII.4.1) Concepto
VIII.4.2) Responsables
VIII.4.3) Gravedad del comportamiento
VIII.4.4) Estabilidad del trabajador denunciante
VIII.4.5) Notoria mala conducta por denuncia falsa de acoso sexual
VIII.5) Excepción de notoria mala conducta por la comisión de una falta
VIII.5.A) Abuso de funciones. (Retiro de dinero para uso personal)
VIII.5.B) Hurto
VIII.5.C) Destrato a un superior jerárquico
VIII.5.D) Competencia desleal
VIII.5.E) Trabajo a desgano
VIII.5.F) Accidente de tránsito culpable
VIII.5.G) Independencia de la calificación penal
VIII.5.H) Violación del deber de lealtad
VIII.5.I) Pérdida de confianza del empleador
VIII.5.J) Ebriedad
VIII.5.K) Riña
VIII.6) Algunos casos sometidos a la justicia en los que no se admitió la existencia de notoria mala conducta
VIII.6.A) Trabajar durante la licencia por enfermedad
VIII.6.B) Pérdida de confianza del empleador



IX) Reglamento Interno
IX.1) Aplicación obligatoria
IX.2) Notificación
IX.3) Características de las sanciones



X) Despido por notoria mala conducta. Rubros que se deben abonar
X.1) Rubros por egreso
X.2) Subsidio por desempleo



XI) Situaciones Especiales
XI.1) Trabajador amparado al Seguro por Enfermedad
XI.2) Trabajador amparado al seguro de accidentes de trabajo
XI.3) Trabajadora grávida o madre reciente



XII) Mobbing o Acoso Moral en el Trabajo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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