SERVICIO DOMÉSTICO – Aumento por CORRECTIVO al 01/07/2010

29 de Julio de 2010 | 4:34 pm

La cláusula 6ª del Convenio Colectivo que rigió hasta el 30/06/2010 previó un ajuste correctivo a partir del 1º de julio de 2010 a los efectos de compensar la diferencia entre la inflación real y la proyectada del último semestre del mencionado convenio. A esos efectos se labró un Acta determinando dicho aumento.

ACTA DE AUMENTO SALARIAL CON VIGENCIA AL 1º DE JULIO DE 2010 SEGÚN CORRECTIVO FINAL INCLUÍDO EN CONVENIO COLECTIVO DE JULIO DE 2008 (Decreto 670/008 de 22/12/08 – D.O. 14/01/009)

 

ACTA

En la ciudad de Montevideo, el 9 de julio de 2010, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 21: “Servicio Doméstico”, integrado por: delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy López, Lic. Marcelo Terevinto y Soc. Andrea Badolati; delegados del sector empleador Sras. Mabel Lorenzo de Sánchez y Nelly Costa: y delegados de los trabajadores: Mariela Burlón y Nora Pacheco.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de correctivo correspondiente al semestre anterior (1/1/2010 – 30/06/2010), según lo acordado en el convenio suscripto el 10 de noviembre de 2008, recogido por el decreto Nº 670/008, de 22 de diciembre de 2008.
Se revisaron los cálculos de inflación proyectada en enero 2010, comparándolos con la variación real del índice de Precios al Consumo del período (1/1/2010 – 30/06/2010): 3,095% y la proyectada en el ajuste anterior había sido del 2,5%. La diferencia por tanto que debe incorporarse a este ajuste es de 0,58%.

SEGUNDO: El salario mínimo nominal del sector a partir del 1 de julio de 2010 será de $4.792 (por 44 horas semanales de trabajo y 25 jornales en el mes) lo que equivale a $25 la hora.

Leída que fue la presente, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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06/09/2010 - 06:42